Comparación de Términos de Referencia para Estudios de Impacto Ambiental (EIA) en Minería para Perú y Colombia

El proceso de elaboración de Estudios de Impacto Ambiental es el resultado de una serie de preocupaciones, reglamentaciones, discusiones y añadiduras con las que se pretende evaluar el medio ambiente y prever cuál será el futuro impacto de un proyecto. El sistema de la gestión ambiental es único y particular al medio y cada país tiene distinta normativa. En este artículo discutiremos la normativa para la elaboración de estudios de impacto ambiental de Perú y Colombia en la parte relacionada a recursos hídricos y en especial al agua subterránea.

 

Documentos analizados

Los dos documentos analizados son los términos de referencia para la elaboración de EIAs en minería de Peru:

Anexo 1 de RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 116-2015-MEM/DM

Aprueban Términos de Referencia Comunes para la elaboración de Estudios Impacto Ambiental Detallados y de las Actividades de Beneficio, Labor General, y Almacenamiento Minero otros, en cumplimiento del D.S. 040-2014-EM

Link: https://www.senace.gob.pe/download/senacenormativa/NAS-4-6-15-Anexo-1-RM-116-2015-MEM-DM.pdf

Y de Colombia es este documento:

TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA LA ELABORACIÓN DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL – EIA PROYECTOS DE EXPLOTACIÓN MINERA

Desarrollado por la AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES el 2016

Link: http://www.anla.gov.co/sites/default/files/comunicaciones/SIPTA/Terminos_referencia/tr_eia_mineria_2016.pdf

 

Comparaciones relevantes

De lo que pudimos hallar en la Internet, la norma colombiana viene en formato PDF, permite hacer búsquedas por términos y tiene índice. El documento peruano disponible está escaneado, no tiene índice y no se puede buscar por términos, lo que lo hace más tedioso para analizarlo y buscar temas específicos. Nos limitamos a lo que encontramos por la Internet ya que es lo que cualquier administrado encontraría. 

La norma colombiana es un texto más extenso de 159 páginas frente a las 52 páginas del documento peruano.

La norma colombiana considera a Calidad del Agua dentro de la parte de Hidrología en su parte 5.1.5 mientras que la norma peruana en su parte b.5 lo junta con calidad del aire, suelo y ruido ambiental.

La norma colombiana tiene una parte de evaluación hidráulica y evaluación hidrológica dentro de la 5.1.6 Hidrogeología que resulta confuso con la parte 5.1.5 Hidrología. En nuestra opinión debería tener otro nombre para evitar la confusión. 

La norma peruana no incluye una sección de isotopía como sí lo incluye la norma colombiana en la parte 5.1.6.3 Evaluación Hidrogeoguímica e Isotópica. Esto no debe ser inspiración de nadie ya que el principal interesado en incluir esa parte es el laboratorio que hace análisis isotópico. Podremos contar en Perú con los dedos de la manos a los especialistas que pueden hacer un análisis isotópico y en Colombia serán otros tantos. Este análisis solo sirve para identificar edad de agua en ciertos contextos, no debería ser obligatorio.

En la parte hidrológica ambas son similares y ambas aportan poco. Es un registro de la características de la cuenca como área, perímetro, caudales máximos a distintos periodos de retorno. Es curioso que ambas normativas requieran casi los mismo periodos de retorno: 2, 5, 10, 20-25, 50 y 100 años. Referencia: Normativa colombiana: Parte 5.1.5. Normativa peruana: Parte b.3.

Una cosa que vemos en ambas normativas es un listado de ensayos y análisis como el balance ácido base, índice de compacidad, índice de Langelier entre otros. Comprendemos que estos ensayos hayan sido incorporados a los términos de referencia por un esfuerzo de mejorar las calidad de las evaluaciones. El problema es que, ante un evaluador no especializado, estos ensayos no son herramienta de nada y solo es un requisito dentro de una lista que tiene que completar para tener el permiso.  

La norma colombiana habla del modelo conceptual en su parte 5.1.6.4 mientras que la norma peruana no tiene esa parte. La verdad es que el modelo conceptual no debe ser tomado como un modelo en si, ya que se confunde con el modelo numérico. Como lo dice la norma colombiana es una representación de las condiciones de flujo y los factores relevantes a este. 

La norma peruana en su parte b.3. sólo tiene una línea que habla del modelo hidrogeológico mientras que la norma colombiana tiene 3 páginas. Incluyendo un alcance del modelo, contenido de reporte, dominio entre otros. La norma colombiana es mucho más precisa en el tema de modelamiento numérico.

 

Conclusiones

Existen diversas comparaciones en normativa peruana y colombiana. Los importante es el criterio del profesional que realiza EIA y del evaluador para comprender los datos que se tienen y crear (de la mejor manera posible) las herramientas que nos permitan analizar el escenario de impacto futuro de nuestros proyectos.

Los términos de referencia no son recetas, ya que no se puede evaluar todo el sistema natural con una lista de ensayos. Deben ser utilizados con discreción por los profesionales y los evaluadores.

Ambas normas son un homenaje a la línea base, pero son débiles al analizar los impactos. Es algo en lo que deberíamos trabajar desde ya. 

 

 

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Posted on March 6, 2017 and filed under Medio ambiente.