Fuente original: OEFA
Lima, 16 de marzo del 2015.- El próximo 20 de marzo se llevará a cabo una audiencia de informe oral en el Indecopi para adoptar una decisión final respecto de la denuncia presentada por Sociedad Minera Corona S.A.C. contra el OEFA a fin de no pagar el Aporte por Regulación (APR).
De favorecer a esta empresa, el OEFA tendría serias dificultades para cumplir sus actividades de fiscalización ambiental previstas para el presente año, pues dicha contribución, para el 2015, representa el 80% de su presupuesto institucional.
El 14 de octubre del 2014, en primera instancia, el Indecopi, si bien señaló que las empresas mineras deben pagar el APR, y el OEFA percibirlo, dicha instancia señaló, en nuestra opinión incorrectamente, que el OSINERGMIN debía cobrar el APR y luego transferirlo al OEFA, desconociendo la condición de acreedor tributario del OEFA.
A la fecha, el Poder Judicial ha emitido dos sentencias (procesos de acción popular) que ratifican la constitucionalidad y legalidad del APR que percibe el OEFA y, en consecuencia, ha declarado infundada la demanda de Acción Popular interpuesta por la Sociedad Nacional de Minería,
Petróleo y Energía (SNMPE) y Minera Colibrí S.A.C. Además, a fines de 2014, se emitió la Ley N° 30282 – Ley de Equilibrio Financiero de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, que ratifica la calidad de acreedor tributario del OEFA con relación al APR.
El OEFA exhorta al Indecopi a que, en la decisión final, respete los pronunciamientos del Poder Judicial y la Ley N° 30282, y desestime la denuncia planteada por la empresa minera. De lo contario, el Indecopi estaría desconociendo la prevalencia de los fallos del Poder Judicial sobre los suyos, que son de carácter administrativo, y las atribuciones que el OEFA tiene asignadas por ley.
El OEFA se encuentra ante la amenaza de no poder realizar las actividades que ha previsto para el presente año en el sector minería: 730 supervisiones, implementación de 5 planes integrales de evaluación ambiental, 8 monitoreos participativos, entre otras actividades de fiscalización ambiental. Esta situación es grave, pues se paralizaría la fiscalización ambiental en sectores sumamente sensibles por los impactos ambientales que pueden generar.

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