La presente norma, consolida el marco conceptual y normativo para que el desarrollo de las áreas Naturales Protegidas, contribuya al logro de beneficios sociales, económicos, ambientales, educativos y culturales de los pobladores locales comprendidos en su ámbito. Asimismo, se aprecia la definición de las Áreas Naturales Protegidas como los espacios continentales y/o marinos del territorio nacional, expresamente reconocidos y declarados como tales.
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